lunes, 13 de febrero de 2012

Deberes del aprendiz Sena


Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la
persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos,
para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común y la seguridad de las
personas y de los bienes de la institución.


Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el
Reglamento del Aprendiz SENA, y convivir en comunidad de acuerdo con ellos.
b.2. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA,
durante su proceso de formación, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y
devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o
cancelación de la matrícula.
b.3. Utilizar la indumentaria y los elementos de protección personal dispuestos en los
ambientes de aprendizaje, observando las condiciones de prevención señaladas por el
Instructor o Tutor y organizarlos para ser utilizados exclusivamente en el ambiente de
aprendizaje requerido.
b.4. Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo, las instalaciones físicas, el material
didáctico, equipos y herramientas de la entidad o que estén a cargo de ésta,
respondiendo por los daños ocasionados a éstos intencionalmente o por descuido,
debidamente comprobados.



a.11. Respetar los derechos de autor en los materiales, trabajos, proyectos y demás
documentos generados por los grupos de trabajo o compañeros, y que hayan sido
compartidos al interior de la Plataforma. Sin embargo, con la autorización de los
creadores se puede hacer uso de cualquier material publicado, dando el crédito a quien
generó la idea, a la fuente que se consultó o al recurso en el que se basó la información

1. Acceder regularmente a los ambientes virtuales previstos para la formación y mantener una
comunicación regular con el tutor.




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